El papel social de la familia
INTRODUCCIÓN
La familia, según la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Los lazos principales que
definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del
establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio —que,
en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos personas mientras que en
otras es posible la poligamia—, y vínculos de consanguinidad, como la filiación
entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que
descienden de un mismo padre. También puede diferenciarse la familia según el
grado de parentesco entre sus miembros.
Con el desarrollo de la industrialización, la familia
ha ido evolucionando hasta quedar reducida a su mínima expresión. A ello han
contribuido varios factores: la incorporación de la mujer al mundo laboral, la
posibilidad de llevar a los hijos a las escuelas infantiles desde los primeros
meses de vida, el distanciamiento apreciable entre el lugar de trabajo y el
domicilio... Paralelamente, la posibilidad de divorcio, los anticonceptivos, la
independencia económica de la mujer con respecto al marido, han debilitado el
concepto de núcleo sólido e indivisible y el papel tradicional atribuido al
cabeza de familia.
No hay consenso sobre la definición de la familia.
Jurídicamente está definida por algunas leyes, y esta definición suele darse en
función de lo que cada ley establece como matrimonio. Por su difusión, se considera
que la familia nuclear derivada del matrimonio heterosexual es la familia
básica. Sin embargo las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo
de factores sociales, culturales, económicos y afectivos. La familia, como
cualquier institución social, tiende a adaptarse al contexto de una sociedad.
Esto explica, por ejemplo, el alto número de familias extensas en las
sociedades tradicionales, el aumento de familias monoparentales en las
sociedades industrializadas y el reconocimiento legal de las familias
homoparentales en aquellas sociedades cuya legislación ha reconocido el
matrimonio homosexual.
1.
EL PAPEL SOCIAL DE LA FAMILIA EN LA ACTUALIDAD
1.1 DEFINICIÓN DE FAMILIA
El termino latino familia, que remite a famulus,
designaba a familiares o consanguíneos y servidores o domésticos. En sentido
más estricto, hoy se entiende por la comunidad de padres e hijos. Habla de la
comunidad de personas que viven juntos y trabajan para satisfacer sus
necesidades y alcanzar en común el bien del grupo.
También a la familia se le puede asignar otra acepción
como el de la Real Academia Española que dice que la Familia es el grupo de
persona emparentadas entre sí que viven juntas bajo la autoridad de una de
ellas: la autoridad, cimentada en el amor recíproco de sus miembros.
Según la ONU, la familia es considerada como la célula
base de la sociedad, y su papel en el cumplimiento de importantes funciones
socioeconómicas es justamente reconocido. Numerosos cambios en la sociedad han
modificado el papel y las funciones, pero la familia está en el marco natural
donde sus miembros, en particular los niños, se benefician del apoyo afectivo,
financiero y material indispensable para el crecimiento y la expansión, y donde
se tiene cura de personas como la gente mayor, los discapacitados y los
enfermos. La familia llena la función esencial de preservación y transmisión de
los valores culturales. La familia puede ser una institución que educa, forma,
motiva y ayuda a sus miembros y de esta manera invierte en su expansión y
constituye una contribución preciosa al desarrollo.
Además, la familia que se constituye como “grupo de
trabajo” que potenciará: la
diferenciación, la cooperación, la educación y el aprendizaje, el mantenimiento
de la tarea como eje central y el hecho de dar tiempo y espacio a los miembros
del grupo de familia.
1.2 IMPORTANCIA
ECONÓMICA Y SOCIAL DE LA FAMILIA
Existe una intima relación entre lo social y lo
económico. En la actualidad, la familia tiene una importancia económica
fundamental, ya que permite la agrupación de pequeñas unidades económicas. Si
en una familia hay 2 o 3 integrantes que producen bienes y servicios,
observamos que este núcleo podrá lograr un mayor estándar de vida, sobre
aquellas en las cuales donde existe algún factor desempleado. Tiene importancia ya que sus integrantes
cooperan con su fuerza de trabajo,
consigan o no una remuneración.
Cada familia es importante por la
producción de bienes y servicios que sus integrantes realicen, y en la mayoría
de ellas, al producir están percibiendo una remuneración la cual les permite
vivir o por lo menos minimizar sus gastos. Estas pequeñas unidades económicas
en conjunto, forman un total de trabajadores que son los que necesita la economía de un país
para abastecerlo.
Dentro de la psicología social ,
frecuentemente se analizan los problemas de las familias de hoy en día ; lo
aconsejado por lo psicólogos es que las unidades económicas de la familia
realicen sus tareas independientemente de los demás , debido a que si alguno de
estos atravesara por el estado de desempleo , la familia podrá seguir
solventando sus gastos .
Por el contrario, si dentro de una familia,
todos sus integrantes se desempeñaran en una misma actividad económica (ej. Negocios familiares)
y llegara el momento en que la actividad laboral decaiga a
causa de los problemas económicos actuales; la familia se encontrara entonces
ante un problema que peligraría contra su integridad; es aquí donde notamos que
la relación entre lo social y económico está sin duda estrechamente ligada.
En el
presente, muchas familias padecen problemas económicos es muy frecuente que
exista dentro de una familia algún factor desempleado, esto trae aparejado
muchas consecuencias que sufre toda la familia en su conjunto y más aun la
persona que ha sido desempleada.
El
desempleo ha determinado un cambio en la estructura de muchas familias. En
muchos casos, el hombre, desempleado, ve desdibujado su papel en la familia, y
cae en el alcoholismo y la violencia .
Por otro lado , la mujer , que más
frecuentemente encuentra trabajo en el área de los servicios ( domestica ,
vendedora , etc. ) es quien aporta el dinero ahora al
hogar , produciéndose una redistribución de las relaciones internas , y
generando conflictos ,
especialmente en las clases más bajas , tradicionalmente más machistas .
Como fenómeno relativamente nuevo en Argentina,
el consumo de alcohol
y drogas en cada vez
más amplios sectores de la juventud se va generalizando,
siendo causa y consecuencia a la vez del deterioro social .
También debido a la liberación de las costumbres,
a la movilidad social y a la incorporación de la mujer al mercado laboral, lo
que redunda en un aumento de su autonomía y capacidad de decisión, se puede
verificar un aumento muy importante de las familias uniparentales, en las que
la crianza de los niños pasa a estar a cargo de una empleada, del jardín
maternal o de la abuela, mientras la madre trabaja.
Como consecuencia también del aumento de
la autonomía, y de la capacidad económica femenina, así como la aceptación
social de nuevas relaciones, formalizada en la ley de divorcio , continúa
en aumento el número de las familias ensambladas, en las que es increíblemente
difícil trazar un genograma del grupo familiar. Consecuentemente, el concepto de la
familia extensa se va haciendo poco operativo y difuso. Las fronteras de las
familias y subsistemas son difíciles de dilucidar.
Jurídicamente se entiende por familia
al "conjunto de personas que tiene un parentesco próximo o por disposición
de la ley, y que se han originado en el matrimonio”. En la actualidad la implantación del sujeto
dentro de la familia –esto es su estado de familia– presupone un doble género de
relaciones familiares.
1.3.1 El rol fundamental de la
familia
Este principio
es uno de los principales cambios que se observan en esta legislación; aquí
vemos como se le otorga a la Familia Nuclear (padre, madre e hijos), la
responsabilidad de el desarrollo integral del niño y del adolescente, por ser
esta la principal fuente de protección. En caso de no existir, la
responsabilidad será delegada en la Familia Extendida, formada por los
parientes cercanos (Tíos, abuelos, primos, allegados, etc.). Para casos
excepcionales podrían tomarse medidas como la colocación en una Familia
Sustituta o se procederá a la Adopción; y en ultimo caso y solo de extrema
gravedad la colocación se hará en Entidades de Atención.
La Legislación Venezolana, ha cambiado dramáticamente
en los últimos años. A raíz de la promulgación del Nuevo Texto Constitucional,
mayores y más profundos cambios están por venir.
1.3.2 Legislación
Venezolana para La Protección a la Familia y Organismos de Atención
La Constitución vigente de
la República Bolivariana de Venezuela de diciembre de 1999, presenta en algunos
de sus artículos las condiciones legales de atención a la familia venezolana y
su regulación legal, a diferencia de la constitución del 61 que no legislaba
sino someramente el tema.
Fue tal
el cambio en la carta magna que en el Artículo 21, se consagró la garantía de
protección de las mujeres y la familia contra la violencia y toda forma de
discriminación. Del mismo modo se consagra en el mismo Artículo que la ley
garantizará las condiciones jurídicas-administrativas para que la equidad ante
la ley sea efectivamente real.
Así
mismo, los artículos de la constitución que van del 75 al 83 garantizan entre
otros aspectos la justicia social y la igualdad, sin discriminación ni
subordinación alguna. Adicionalmente, en vista de que el tema de la violencia
al interior de las familias en Venezuela preocupa y afecta no solo al estado,
sino a la sociedad e intrínsecamente a las familias, esto se considera un
problema de salud pública. Por tanto, esta Constitución de 1999 también aprobó
la formulación de la Ley Orgánica de Salud, con la que se busca que todos los
venezolanos accedan al servicio de salud, participando activamente de los
programas de prevención de la violencia domestica, tomando un registro de
aquellas personas que están en una situación de mas fragilidad ante estos actos
que van contra su integridad física y moral.
En este
orden de ideas, podemos destacar la Ley sobre la violencia contra la mujer y la
familia, cuyo objetivo fundamental es prevenir, controlar, sancionar y
erradicar la violencia contra la mujer y la familia, así como asistir a las
víctimas de los hechos de violencia. Dentro de esta ley se concreta la
definición de violencia de la siguiente forma: “Se entiende por violencia la
agresión, amenaza u ofensa ejercida sobre la mujer o otro integrante de la
familia, por los cónyuges, concubinos, ex cónyuges, ex concubinos o personas
que hayan cohabitado, ascendientes, descendientes y parientes colaterales,
consanguíneos o afines, que menoscabe su integridad física, psicológica, sexual
o patrimonial”.
Podemos
acentuar que dentro de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia,
se mencionan algunos de los organismos que atienden y accionan sobres los
hechos de violencia familiar en Venezuela como lo son: El Instituto Nacional de
la Mujer, que es el organismo rector de las políticas y programas de prevención
y atención de la violencia contra la mujer y la familia, El Ministerio de
Educación que deberá incorporar en los planes y programas de estudio, en todos
sus niveles y modalidades, contenidos dirigidos a transmitir a los alumnos los
valores de la mutua tolerancia, la autoestima, la comprensión, la solución
pacífica de los conflictos y la preparación para la vida familiar con derechos
y obligaciones domésticas compartidas entre hombres y mujeres y, en general la
igualdad de oportunidades entre los géneros
Al igual
que, El Ministerio de Justicia y el Consejo de la Judicatura proveerán lo
conducente para la ejecución de los planes de capacitación de los funcionarios
de administración de justicia para el adecuado trato y asistencia de las
víctimas de las formas de violencia.
A pesar
que en nuestro país existe esta una de las legislaciones más modernas del mundo
sobre la protección de la mujer y la familia, la Violencia Intrafamiliar sigue
siendo una especie de flagelo social altamente complejo de enfrentar por las
autoridades venezolanas. A pesar de los más profundos estudios y de todas las
medidas puestas en práctica, al parecer no terminan de llenar las expectativas
sobre todo para quienes a diario se ven envueltos en esta problemática donde el
ojo del huracán se coloca generalmente sobre la mujer y sus graves secuelas
para los más pequeños de la casa que son los niños.
2.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA FAMILIA
2.1 CAMBIOS
EN LA FAMILIA A TRAVÉS DEL TIEMPO.
2.1.1 De acuerdo con el término familia. ¿Realmente ha
sido siempre de esta manera?
Desde
tiempos remotos el hombre ha tenido que agruparse para satisfacer sus
necesidades vitales. El trabajo colectivo servía para repartir responsabilidades,
de esa manera facilitaban sus tareas. Con esto tuvieron la necesidad de
socializar entre ellos, pero no solo compartían dichas preocupaciones, se
dieron cuenta de la valía de compartir espacios mutuos. El poeta latino Tito
Lucrecio Caro menciona en su obra De Natura Rerum, libro V:
“El hombre primitivo se refugió en el fondo de los
bosques o en cavernas, con una vida familiar reducida a encuentros al azar”
Estas
afirmaciones nos dan una idea de que el hombre poseía un espacio antecesor de
lo que conocemos como sociedad.
2.1.2 ¿De qué manera empezaron a
existir los grupos familiares?
De
acuerdo con diversos autores es aquí cuando aparece una etapa de promiscuidad,
en donde los miembros de los grupos se alternaban parejas sin criterio alguno.
Estas formas perduraron durante mucho tiempo hasta que apareció la primera
organización familiar, que fue la:
·
Comunidad
primitiva: Ésta nace con la aparición del hombre en la
tierra y su desarrollo conforme a diferentes formas de organización social.
·
La
horda: es la forma más simple de la sociedad, son
nómadas, no se distingue la paternidad, son un grupo muy reducido.
·
El
clan o la gens: conformado por un grupo o comunidad de
personas con una audiencia común, en la que tienen gran importancia los lazos
familiares y la obediencia de un jefe. Esta estructura cambió definitivamente
las vidas de los habitantes de aquella época, pues se tuvieron que regir a
ciertas condiciones de un líder.
·
La
fratría. (Del griego “fratrion”, ‘hermano’).
Agrupación de gens donde impera la prohibición de matrimonio entre personas de
una misma gens porque se suponía que todos tenían un antepasado común.
·
La
tribu. Conjunto de fratrías basada en el dominio
de un territorio y que comparten costumbres y lengua. Por lo general, una tribu
posee un jefe, una lengua, una cultura común y una religión que predica la
descendencia de todos sus miembros de un progenitor común (formando así una
única gens o clan)
En
el siglo XIX bajo este nombre se designaban aquellas sociedades situadas en el
estadio de barbarie dentro de la evolución de la humanidad. Posteriormente,
tribu fue sinónimo de ‘sociedad tribal’, es decir, sociedad sin Estado. El criterio más importante para la
delimitación de una tribu continúa siendo la identidad idiomática y cultural.
·
Nación:
Etapa superior de las agrupaciones humanas. La nación es la sociedad natural
constituida por hombres que habitan un mismo territorio, reconocen idéntico
origen, tienen iguales costumbres, hablan el mismo idioma y profesan
aspiraciones comunes. (Mancinni).
La
nación es una “comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado
en una institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual,
integran sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. Las naciones son
fronteras sociales, territoriales y culturales que existen previamente en las
cabezas de los con-nacionales y que tienen la fuerza de objetivarse en
estructuras materiales e institucionales.
2.1.3
¿Tiene
que ver la cooperación, solidaridad y consanguinidad para que a un grupo social
se le pueda llamar familia?
Pronto
aparecieron nuevas formas de organización documentadas cronológicamente:
·
La
familia Consanguínea: Se considera
como la primera etapa de la familia, en ella los grupos conyugales se
clasifican por generaciones: todos los abuelos y abuelas en los límites de la
familia son maridos entre sí; lo mismo sucede con los hijos. En esta forma de
familia, los ascendientes y los descendientes, los padres y los hijos son los
únicos que después de lejanos y, finalmente de las personas más lejanas están
excluidos de los deberes del matrimonio.
·
Familia
Punalúa: Es el primer progreso en la organización de
la familia, consistía en excluir a los padres y a los hijos del comercio sexual
recíproco, el segundo fue en la exclusión de los hermanos. Por razones
económicas y prácticas la familia tuvo que dividirse, su extensión disminuyó y
renunció a la unión sexual entre hijos de la misma madre.
·
Familia
Sindiásmica: Este tipo de familia aparece entre el límite
del salvajismo y la barbarie. Cuando las prohibiciones del matrimonio se
hicieron más drásticas y complicadas, las uniones por grupo fueron sustituidas
por la familia sindiásmica. En esta forma familiar, un hombre vive con una
mujer, pero le está permitida la poligamia, y la infidelidad aunque por razones
económicas la poligamia se observa raramente, al mismo tiempo se exige la más
estricta fidelidad a las mujeres y su adulterio se castiga cruelmente.-
actualmente en algunos países de África se castiga a la mujer lapidándole
(apedreándola) por adulterio-
·
Familia
monogámica: nace de la familia sindiasmica, en el
periodo de transición entre el estado medio y superior de la barbarie. Es uno
de los síntomas del nacimiento de la civilización, se funda en el predominio
del hombre, su fin es procrear hijos cuya paternidad sea indiscutida, eso era
indispensable porque los hijos serían los herederos de las propiedades del
padre. Este tipo de familias es más sólida que la familia sindiásmica, en los
lazos conyugales, los cuales solo pueden ser rotos por el hombre. La monogamia
facilita el cuidado de los hijos, puesto que ambos cónyuges comparten los
mismos afectos y atenciones hacia ellos, sin las rivalidades existentes entre
los hijos de uniones distintas.
La
familia monógama simplifica también las relaciones de consanguinidad y
constituye una unidad social más firme y coherente que ninguna otra; y en ella
la mujer goza de mayor protección y tiene una posición de jerarquía y dignidad.
·
Familia
poligámica: es cuando existe una pluralidad de cónyuges.
Existen tres formas teóricas de la poligamia: 1) matrimonio en grupo.-es en el
que varios hombres y varias mujeres se hallan en relaciones matrimoniales
reciprocas. 2) poliandria.- es en la que varios esposos comparten una sola
esposa. 3) poliginia.- consiste en una pluralidad de esposas que no tienen que
ser necesariamente hermanas, y adquiridas, por lo general en diversas épocas a
lo largo de la vida.
De
estas tres formas teóricas las dos más importantes y de las cuales se ha
discutido bastante son la poliandria y poliginia. Entre los pueblos bárbaros y
en las primeras sociedades de la época histórica, la esclavitud de las mujeres
de los vencidos en la guerra constituyó un incentivo para la poliginia.
·
Matriarcado:
estaba compuesto por la madre y los hijos, formaba una unidad económica
autosuficiente: la madre proporcionaba los alimentos vegetales y los hijos los
de la caza o pesca, por lo que era muy grande la influencia femenina en la
sociedad. Ella desempeñaba el principal papel en el terreno económico, regía la
estructura social y ejercía el poder.
En la Prehistoria y en algunas regiones
todavía a principios de los tiempos históricos, estuvo vigente una sociedad
matriarcal pacífica (virginal) en la que lo femenino jugaba el principal papel
en el mundo social: las mujeres ejercían su autoridad sobre sus descendientes
matrilineales reunidos en tribus independientes: ejercía el poder político,
económico y religioso.
·
Familia
patriarcal: la transmisión patrilineal del parentesco
determina el tipo de familia patriarcal, en la cual la autoridad suprema es el
padre o el ascendiente varón de mayor edad. La familia patriarcal se halla
establecida aun en muchos países de oriente, en la antigüedad la practicaban
los palestinos, griegos y romanos.
En la roma republicana la familia patriarcal
era unidad religiosa legal y económica. Estaba rígidamente estructurada, en la
cual el paterfamiliar estaba vestido de atribuciones religiosas como sacerdote
del culto de los antepasados; tenía todos los derechos legales, por ser la
única persona reconocida por las leyes, era el único facultado para poseer los
bienes familiares
Actualmente
la organización social mejor aceptada es la monogamia, no con esto se quiere
decir que los otros tipos de organización no se lleven a cabo, es conveniente
recalcar que las organizaciones varían de acuerdo al tipo de ideas y cultura
donde nos desarrollemos, un claro ejemplo de esto son los huicholes en México:
ellos manejan las familias poliándricas
La
conformación de la familia moderna es un prolongado proceso que se desarrolla
en Europa con la transición de la sociedad preindustrial a la sociedad
industrial y el auge de la burguesía durante los siglos XVIII y XIX.
La
familia nuclear, conformada por un matrimonio y sus hijos, de constitución
voluntaria y fundada en la relación afectiva de los cónyuges, es relativamente
nueva en la historia. Conceptos como la igualdad entre los hijos, la infancia
entendida como una etapa diferente de la vida, el sexo relacionado al amor y no
sólo a la procreación, la intimidad de la vida de familia, con una madre, un
padre y unos niños que se protegen y se quieren, no estaban suficientemente
generalizados y comprendidos así entre los venezolanos de comienzos del siglo
XIX. Diferentes autores sostienen que el paso desde la familia concebida como
un espacio productivo y público hacia la familia constituida como un espacio
afectivo y privado, es una conquista moderna.
3.
FORMACION DE LA FAMILIA: PARENTESCO Y FILIACION
Las relaciones de familia, o
sea los vínculos, que se establecen entre los miembros de la misma, reconocen
diversos orígenes. El matrimonio, el parentesco o la filiación, y la adopción
son las fuentes que generan las relaciones familiares. La base de la familia es
el matrimonio, que produce la mayor parte de las relaciones de esta índole.
Entre los parientes se establecen, a la vez, relaciones que dan origen a
derechos y obligaciones y que varían según que el parentesco sea consanguíneo,
político o civil.
El derecho de familia es el
conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones que se establecen entre
los miembros del grupo familiar. Dichas normas no sólo rigen las relaciones
entre parientes, sino que protegen la familia como tal, otorgándole las
prerrogativas a que es acreedora.
3.1 EL
PARENTESCO Y SUS FORMAS.
El parentesco es el conjunto de vínculos que se
establecen entre personas que descienden unas de otras, como los hijos del
padre los nietos del abuelo, o bien de un progenitor común, como los hermanos,
los tíos y sobrinos, etc. Esto nos lleva a definir el parentesco, diciendo que
es el conjunto de relaciones que se establecen entre personas que descienden
unas de otras, o de u n progenitor común.
3.1.1 Formas
de parentesco
El parentesco entre dos personas se puede producir de
tres formas diferentes:
1) Parentesco por consanguinidad
El parentesco por consanguinidad o consanguineidad es
la relación que existe entre las personas unidas por un vínculo de sangre, es
decir, que tienen al menos un ascendiente en común. La proximidad en el
parentesco por consanguinidad se determina por el número de generaciones que
separan a los dos parientes, y se mide en grados, correspondiendo cada grado a
la separación entre una persona y sus padres o hijos.
Estos vínculos de parentesco consanguíneo se organizan
en líneas de parentesco, formadas por una serie consecutiva de grados, entre
las que se pueden distinguir (véase anexo Nº1):
·
Línea recta: la serie de grados existente entre
personas que descienden una de la otra.
Ø Línea recta
ascendente: une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa:
padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos...
Ø Línea recta
descendente: liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de
manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, trastataranietos o
choznos...
·
Línea colateral: la serie de grados existente entre
personas que tienen un ascendiente común, sin descender una de la otra:
hermanos, tíos, primos...
2) Parentesco de afinidad
La afinidad es el vínculo que se establece entre un
cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, o bien, recíprocamente, entre
una persona y los cónyuges de sus parientes consanguíneos. El grado y la línea
de la afinidad se determinan según el grado y la línea de la consanguineidad.
Es decir, una persona es pariente por afinidad de todos los parientes
consanguíneos de su cónyuge en la misma línea y grado que éste lo es de ellos
por consanguinidad. Recíprocamente, los cónyuges de los parientes consanguíneos
de una persona son parientes por afinidad de ésta en la misma línea y grado que
el pariente consanguíneo del que son cónyuges.
La relación existente entre un grupo de parientes
consanguíneos y los parientes consanguíneos del cónyuge de uno de ellos, que
podríamos llamar de «doble afinidad» (por ejemplo, la relación existente entre
los consuegros o los concuños), no genera parentesco en el Derecho hispano. Es
decir, el matrimonio no crea parentesco entre los consanguíneos de uno de los
cónyuges y los del otro.
También existe el término "contrapariente"
que significa: Pariente de parientes: "no es primo directo mío, es un
contrapariente porque es primo de mi cuñado" así se le llama a
contrapariente.
3) Parentesco civil
La adopción establece parentesco, llamado «parentesco
civil» o por adopción, entre el adoptado y el adoptante, así como entre el
adoptado y la familia del adoptante. En general, el parentesco entre un miembro
adoptado de la familia se considera exactamente igual que el de un miembro de
origen consanguíneo, computándose la línea de parentesco de la misma forma que
en el caso de la consanguinidad.
3.1.2 Efectos de parentesco
Los efectos
del parentesco sirve para ampliar la esfera de derechos entre parientes.
1) Derechos que derivan del Parentesco
Los principales derechos que derivan del parentesco
son:
·
La pensión alimenticia,
·
La patria potestad y
·
La herencia.
2) Obligaciones que nacen del Parentesco
·
La a pensión alimenticia, en su aspecto pasivo;
·
El respeto y la consideración que los descendientes
deben a sus ascendientes, y la tutela legítima.
3) Incapacidades que derivan del parentesco.
·
La incapacidad para contraer matrimonio entre
parientes cercanos;
·
La prohibición que impone la ley, en determinados
casos, para servir como testigos, en juicio, a un pariente, y
·
La incapacidad para ocupar determinados cargos de la
administración pública, cuando un aspirante a dichos cargos ya ocupa otros
dentro de la propia administración.
4) La Obligación Alimenticia: Entre las
obligaciones derivadas del parentesco figura, de modo preeminente, la
obligación alimenticia, que es recíproca, pues el que la cumple tiene, a su
vez, el derecho de exigirla. En virtud de esta obligación, el deudor debe
procurar al acreedor todos los medios necesarios para que éste no carezca de
alimentos, habitación, medicinas, educación, etc. es decir, lo necesario para
vivir decorosamente.
3.2 LA FILIACIÓN
El concepto de filiación es básico en las sociedades
organizadas por parentesco, en la medida que permite a los miembros de una
sociedad reconocer la pertenencia de una persona a un determinado segmento
social, ya que, la finalidad de esta es permitirles a las personas conocer su
verdadera procedencia biológica. Existen diferentes formas de filiación como el
caso de la filiación biológica, la filiación social y la filiación jurídica.
En este sentido, es de orden esencialmente genealógico
y se refiere a todos los eslabones de la cadena que une a una persona con sus
ancestros, aun con los más lejanos. Pero el sentido que suele aplicarse en
derecho, es el estricto; es decir, el nexo o relación que une al hijo con su
padre y con su madre; o sea, el vínculo parental consanguíneo de primer grado en
línea recta.
La filiación es el vínculo jurídico por el cual se une
a un hijo con su padre o con su madre y que consiste en la relación de
parentesco reconocida por la ley entre un ascendiente y su inmediato
descendiente. El hecho natural de la filiación, de fundamentación biológica,
tiene importante repercusión jurídica y en el mismo se basa la legitimidad de
los hijos. La filiación es un hecho natural, pero adquiere también fuerza
jurídica.
La filiación depende esencialmente de su prueba y esta
prueba variara según se trate de hijos nacidos de matrimonio o fuera de él, y
también según se deba probar la paternidad o la maternidad.
3.2.1
Importancia
Es de suma importancia la filiación en el campo del
derecho, pues junto con el matrimonio forman los dos pilares fundamentales de
esta rama del derecho. Pues si bien el primero constituye la base de la familia
organizada, la filiación lo es de la estructura familiar: el parentesco,
provenga o no de la unión matrimonio.
De la filiación derivan: el parentesco consanguíneo,
la patria potestad. Los deberes-derechos alimentarios el nacimiento de
incapacidades. La vocación hereditaria ab intestato y el apellido.
3.2.2
Principios que rigen la Filiación
a) No existe
filiación, si ésta no está legalmente probada: En efecto, nadie puede alegar a
su favor los efectos derivados de la filiación que pretenda respecto a
determinada o determinadas personas, si no la ha probado fehacientemente, por
cualquier medio idóneo reconocido por el derecho.
b) Los efectos
de la filiación son independientes del medio de prueba aportado: Es decir que,
probada que sea la filiación, aunque la Ley exija medios específicos en ciertos
casos, nacerán todos los efectos que de ella derivan.
c) Los efectos
de la filiación son independientes del momento de su prueba: De tal manera que,
probada la filiación, sus efectos abarcan tanto el presente como el futuro, sin
que sea exigible que tal prueba deba tener lugar en determinado momento.
3.2.3
Momentos de la filiación
Son dos: El nacimiento y la concepción.
El nacimiento es un hecho cierto, fácil de determinar
con toda precisión; pero en principio no tiene relevancia para establecer la
filiación, ni aun la certeza de ésta, respecto del padre. En cuanto a la madre,
si se comprueba la identidad del producto del parto con la persona que pretende
ser tenido como hijo de ésta, habrá quedado establecida la filiación materna.
Tiene importancia, en cambio, el nacimiento, para
calcular el momento de la concepción.
La concepción, no obstante ser un hecho cuyo momento
es de casi imposible determinación y de muy fácil prueba, es el único hecho
capaz de servir para establecer la filiación y su certeza, por lo que el
legislador se ha visto obligado a tomarla como prueba fundamental para fijar el
carácter de filiación. De ahí que, partiendo del hecho cierto del nacimiento,
se calcule este momento de la concepción, fijándolo en uno cualquiera de los
121 días que transcurren entre los 300 y los 180 anteriores al parto.
3.2.4
Clasificación
Desechada ya que en nuestro Código Civil la distinción
entre hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, puesto que a todos por igual
atribuye los mismos derechos, no cabe hablar de hijos legítimos o naturales
como contemplaba el Código anterior y siguen considerando las leyes de muchos
otros países.
La filiación une a las personas que descienden unas de
otras, el concepto más aceptado nos indica que la relación de filiación es la
que se da entre padres e hijos, es decir, entre generantes y generados. Constituye
un hecho natural, ya que tiene su base en un hecho natural como es la
procreación, y un hecho jurídico, puesto que determina las consecuencias
jurídicas; de aquí que pueda distinguirse entre la filiación biológica y la
filiación jurídica.
• Filiación
biológica: Es el vínculo natural que existe entre generante y generado. Se da
siempre, en todas las personas, pues todo individuo es, necesariamente, hijo de
un padre y de una madre.
• Filiación jurídica: Es el vínculo de derecho
existente entre padres e hijos, derivado de la relación biológica que supone la
generación. La filiación jurídica, a diferencia de la biológica, no siempre
existe, ya que el derecho, para reconocer efector jurídicos al hecho natural de
la procreación requiere su comprobación.
Tipos de
filiación:
• Filiación materna y paterna: Como toda
filiación surten efectos una vez probadas, siendo más sencillo comprobar la
maternidad que la paternidad.
• Filiación
Consanguínea: En la filiación consanguínea podemos encontrar dos tipos
principales de hijos, ellos son: los hijos legítimos (nacidos dentro del
matrimonio) y los hijos naturales (nacidos fuera del matrimonio) Art. 77 CRBV:
"Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libre
consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los
cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan
los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el
matrimonio".
• La
filiación puede generarse mediante el acto natural de la procreación, o
mediante el acto jurídico de la adopción. En algunos sistemas jurídicos existen
diferencias en el tratamiento legal de los hijos biológicos y los adoptados.
• En el caso
de la filiación de origen biológico, también se distingue entre la filiación
matrimonial, cuando los progenitores están casados entre sí, y la filiación no
matrimonial (o extramatrimonial), en caso contrario. En algunos ordenamientos
jurídicos existen diferencias en el tratamiento, dependiendo del tipo de
filiación, donde el hijo de filiación no matrimonial (antiguamente llamado hijo
ilegítimo) puede tener menos derechos que el de filiación matrimonial.
• Filiación
Matrimonia: Es el vínculo jurídico simultáneo que une al hijo con su padre y
con su madre cuando éstos están casados para la época de la concepción del hijo
o para la fecha de su nacimiento. De este tipo de filiación surge un vínculo
entre el hijo, su padre y su madre, porque los padres están, a su vez, unidos
por el matrimonio o, por lo menos, lo estuvieron en el momento de la concepción
o el nacimiento del hijo.
Elementos: En
presencia de todos los elementos que se nombrarán a continuación, surge la
filiación matrimonial.
·
Existencia del matrimonio entre los padres.
·
Paternidad.
·
Maternidad.
·
La concepción o el nacimiento del hijo dentro del
matrimonio.
• Filiación Materna: Es el vínculo jurídico que une a
un hijo con su madre. La maternidad siempre es cierta, porque siempre se sabe
quién es la madre. El parto es un elemento de la identidad del hijo. La prueba
del parto es muy sencilla, razón por la cual, la identidad de la madre casi
nunca se discute Art. 197 CC: "La filiación materna resulta del
nacimiento, y se prueba con el acta de la declaración de nacimiento inscrita en
los libros del Registro Civil, con identificación de la madre".
CONCLUSION
En
general, la familia se define como el grupo social básico, creado por los
vínculos del matrimonio o parentesco que se encuentra presenta en todas las
sociedades y es considerada por muchos como base y célula de la sociedad.
Durante un prolongado periodo la sociedad estuvo formada por un conjunto de
familias que cumplía con la mayoría de las funciones sociales, inclusive las
políticas, las religiosas y las económicas. Actualmente, la familia sigue
cumpliendo funciones sociales importantes aun cuando con el correr del tiempo
haya delegado funciones en otras instituciones. En todas las culturas la
familia se encarga de la socialización primaria de los nuevos miembros, de la
satisfacción de las necesidades básicas de sus integrantes.
Aunque
los orígenes sociales están ciertamente “perdidos en el misterio”, resulta
seguro decir que casi en todas partes la formación de instituciones comenzó con
la familia. En todas las sociedades a lo largo de la historia humana, las
familias han sido el principal vehículo de identidad de grupo y el principal
receptáculo de los intereses creados. Es indispensable tener en cuenta que la
etapa inicial en la formación de toda persona se produce en el hogar, en el
seno de la familia. Los valores se captan por primera vez en la infancia; se
sigue el ejemplo de los mayores y se inician los hábitos que luego conformarán
la conducta y afianzarán la personalidad.
REFERENCIAS




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