El papel social de la familia

INTRODUCCIÓN

La familia, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. Los lazos principales que definen una familia son de dos tipos: vínculos de afinidad derivados del establecimiento de un vínculo reconocido socialmente, como el matrimonio —que, en algunas sociedades, sólo permite la unión entre dos personas mientras que en otras es posible la poligamia—, y vínculos de consanguinidad, como la filiación entre padres e hijos o los lazos que se establecen entre los hermanos que descienden de un mismo padre. También puede diferenciarse la familia según el grado de parentesco entre sus miembros.
Con el desarrollo de la industrialización, la familia ha ido evolucionando hasta quedar reducida a su mínima expresión. A ello han contribuido varios factores: la incorporación de la mujer al mundo laboral, la posibilidad de llevar a los hijos a las escuelas infantiles desde los primeros meses de vida, el distanciamiento apreciable entre el lugar de trabajo y el domicilio... Paralelamente, la posibilidad de divorcio, los anticonceptivos, la independencia económica de la mujer con respecto al marido, han debilitado el concepto de núcleo sólido e indivisible y el papel tradicional atribuido al cabeza de familia.
No hay consenso sobre la definición de la familia. Jurídicamente está definida por algunas leyes, y esta definición suele darse en función de lo que cada ley establece como matrimonio. Por su difusión, se considera que la familia nuclear derivada del matrimonio heterosexual es la familia básica. Sin embargo las formas de vida familiar son muy diversas, dependiendo de factores sociales, culturales, económicos y afectivos. La familia, como cualquier institución social, tiende a adaptarse al contexto de una sociedad. Esto explica, por ejemplo, el alto número de familias extensas en las sociedades tradicionales, el aumento de familias monoparentales en las sociedades industrializadas y el reconocimiento legal de las familias homoparentales en aquellas sociedades cuya legislación ha reconocido el matrimonio homosexual.
1.    EL PAPEL SOCIAL DE LA FAMILIA EN LA ACTUALIDAD
1.1 DEFINICIÓN DE FAMILIA
El termino latino familia, que remite a famulus, designaba a familiares o consanguíneos y servidores o domésticos. En sentido más estricto, hoy se entiende por la comunidad de padres e hijos. Habla de la comunidad de personas que viven juntos y trabajan para satisfacer sus necesidades y alcanzar en común el bien del grupo.
También a la familia se le puede asignar otra acepción como el de la Real Academia Española que dice que la Familia es el grupo de persona emparentadas entre sí que viven juntas bajo la autoridad de una de ellas: la autoridad, cimentada en el amor recíproco de sus miembros.
Según la ONU, la familia es considerada como la célula base de la sociedad, y su papel en el cumplimiento de importantes funciones socioeconómicas es justamente reconocido. Numerosos cambios en la sociedad han modificado el papel y las funciones, pero la familia está en el marco natural donde sus miembros, en particular los niños, se benefician del apoyo afectivo, financiero y material indispensable para el crecimiento y la expansión, y donde se tiene cura de personas como la gente mayor, los discapacitados y los enfermos. La familia llena la función esencial de preservación y transmisión de los valores culturales. La familia puede ser una institución que educa, forma, motiva y ayuda a sus miembros y de esta manera invierte en su expansión y constituye una contribución preciosa al desarrollo.
Además, la familia que se constituye como “grupo de trabajo”  que potenciará: la diferenciación, la cooperación, la educación y el aprendizaje, el mantenimiento de la tarea como eje central y el hecho de dar tiempo y espacio a los miembros del grupo de familia.
1.2 IMPORTANCIA ECONÓMICA Y SOCIAL DE LA FAMILIA
Existe una intima relación entre lo social y lo económico. En la actualidad, la familia tiene una importancia económica fundamental, ya que permite la agrupación de pequeñas unidades económicas. Si en una familia hay 2 o 3 integrantes que producen bienes y servicios, observamos que este núcleo podrá lograr un mayor estándar de vida, sobre aquellas en las cuales donde existe algún factor desempleado.      Tiene importancia ya que sus integrantes cooperan con su fuerza de trabajo, consigan o no una remuneración.
     Cada familia es importante por la producción de bienes y servicios que sus integrantes realicen, y en la mayoría de ellas, al producir están percibiendo una remuneración la cual les permite vivir o por lo menos minimizar sus gastos. Estas pequeñas unidades económicas en conjunto, forman un total de trabajadores que son los que necesita la economía de un país para abastecerlo.
      Dentro de la psicología social , frecuentemente se analizan los problemas de las familias de hoy en día ; lo aconsejado por lo psicólogos es que las unidades económicas de la familia realicen sus tareas independientemente de los demás , debido a que si alguno de estos atravesara por el estado de desempleo , la familia podrá seguir solventando sus gastos .
       Por el contrario, si dentro de una familia, todos sus integrantes se desempeñaran en una misma actividad económica (ej. Negocios familiares) y llegara el momento en que la actividad laboral decaiga a causa de los problemas económicos actuales; la familia se encontrara entonces ante un problema que peligraría contra su integridad; es aquí donde notamos que la relación entre lo social y económico está sin duda estrechamente ligada.
         En el presente, muchas familias padecen problemas económicos es muy frecuente que exista dentro de una familia algún factor desempleado, esto trae aparejado muchas consecuencias que sufre toda la familia en su conjunto y más aun la persona que ha sido desempleada.
        El desempleo ha determinado un cambio en la estructura de muchas familias. En muchos casos, el hombre, desempleado, ve desdibujado su papel en la familia, y cae en el alcoholismo y la violencia .
        Por otro lado , la mujer , que más frecuentemente encuentra trabajo en el área de los servicios ( domestica , vendedora , etc. ) es quien aporta el dinero ahora al hogar , produciéndose una redistribución de las relaciones internas , y generando conflictos , especialmente en las clases más bajas , tradicionalmente más machistas .
        Como fenómeno relativamente nuevo en Argentina, el consumo de alcohol y drogas en cada vez más amplios sectores de la juventud se va generalizando, siendo causa y consecuencia a la vez del deterioro social .
        También debido a la liberación de las costumbres, a la movilidad social y a la incorporación de la mujer al mercado laboral, lo que redunda en un aumento de su autonomía y capacidad de decisión, se puede verificar un aumento muy importante de las familias uniparentales, en las que la crianza de los niños pasa a estar a cargo de una empleada, del jardín maternal o de la abuela, mientras la madre trabaja.
       Como consecuencia también del aumento de la autonomía, y de la capacidad económica femenina, así como la aceptación social de nuevas relaciones, formalizada en la ley de divorcio , continúa en aumento el número de las familias ensambladas, en las que es increíblemente difícil trazar un genograma del grupo familiar. Consecuentemente, el concepto de la familia extensa se va haciendo poco operativo y difuso. Las fronteras de las familias y subsistemas son difíciles de dilucidar.
 1.3 ASPECTOS LEGALES DE LA FAMILIA
        Jurídicamente se entiende por familia al "conjunto de personas que tiene un parentesco próximo o por disposición de la ley, y que se han originado en el matrimonio”.  En la actualidad la implantación del sujeto dentro de la familia –esto es su estado de familia– presupone un doble género de relaciones familiares.
1.3.1 El rol fundamental de la familia
 Este principio es uno de los principales cambios que se observan en esta legislación; aquí vemos como se le otorga a la Familia Nuclear (padre, madre e hijos), la responsabilidad de el desarrollo integral del niño y del adolescente, por ser esta la principal fuente de protección. En caso de no existir, la responsabilidad será delegada en la Familia Extendida, formada por los parientes cercanos (Tíos, abuelos, primos, allegados, etc.). Para casos excepcionales podrían tomarse medidas como la colocación en una Familia Sustituta o se procederá a la Adopción; y en ultimo caso y solo de extrema gravedad la colocación se hará en Entidades de Atención.
La Legislación Venezolana, ha cambiado dramáticamente en los últimos años. A raíz de la promulgación del Nuevo Texto Constitucional, mayores y más profundos cambios están por venir.
1.3.2 Legislación Venezolana para La Protección a la Familia y Organismos de Atención
La Constitución vigente de la República Bolivariana de Venezuela de diciembre de 1999, presenta en algunos de sus artículos las condiciones legales de atención a la familia venezolana y su regulación legal, a diferencia de la constitución del 61 que no legislaba sino someramente el tema.
Fue tal el cambio en la carta magna que en el Artículo 21, se consagró la garantía de protección de las mujeres y la familia contra la violencia y toda forma de discriminación. Del mismo modo se consagra en el mismo Artículo que la ley garantizará las condiciones jurídicas-administrativas para que la equidad ante la ley sea efectivamente real.
Así mismo, los artículos de la constitución que van del 75 al 83 garantizan entre otros aspectos la justicia social y la igualdad, sin discriminación ni subordinación alguna. Adicionalmente, en vista de que el tema de la violencia al interior de las familias en Venezuela preocupa y afecta no solo al estado, sino a la sociedad e intrínsecamente a las familias, esto se considera un problema de salud pública. Por tanto, esta Constitución de 1999 también aprobó la formulación de la Ley Orgánica de Salud, con la que se busca que todos los venezolanos accedan al servicio de salud, participando activamente de los programas de prevención de la violencia domestica, tomando un registro de aquellas personas que están en una situación de mas fragilidad ante estos actos que van contra su integridad física y moral.
En este orden de ideas, podemos destacar la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, cuyo objetivo fundamental es prevenir, controlar, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y la familia, así como asistir a las víctimas de los hechos de violencia. Dentro de esta ley se concreta la definición de violencia de la siguiente forma: “Se entiende por violencia la agresión, amenaza u ofensa ejercida sobre la mujer o otro integrante de la familia, por los cónyuges, concubinos, ex cónyuges, ex concubinos o personas que hayan cohabitado, ascendientes, descendientes y parientes colaterales, consanguíneos o afines, que menoscabe su integridad física, psicológica, sexual o patrimonial”.
Podemos acentuar que dentro de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, se mencionan algunos de los organismos que atienden y accionan sobres los hechos de violencia familiar en Venezuela como lo son: El Instituto Nacional de la Mujer, que es el organismo rector de las políticas y programas de prevención y atención de la violencia contra la mujer y la familia, El Ministerio de Educación que deberá incorporar en los planes y programas de estudio, en todos sus niveles y modalidades, contenidos dirigidos a transmitir a los alumnos los valores de la mutua tolerancia, la autoestima, la comprensión, la solución pacífica de los conflictos y la preparación para la vida familiar con derechos y obligaciones domésticas compartidas entre hombres y mujeres y, en general la igualdad de oportunidades entre los géneros
Al igual que, El Ministerio de Justicia y el Consejo de la Judicatura proveerán lo conducente para la ejecución de los planes de capacitación de los funcionarios de administración de justicia para el adecuado trato y asistencia de las víctimas de las formas de violencia.
A pesar que en nuestro país existe esta una de las legislaciones más modernas del mundo sobre la protección de la mujer y la familia, la Violencia Intrafamiliar sigue siendo una especie de flagelo social altamente complejo de enfrentar por las autoridades venezolanas. A pesar de los más profundos estudios y de todas las medidas puestas en práctica, al parecer no terminan de llenar las expectativas sobre todo para quienes a diario se ven envueltos en esta problemática donde el ojo del huracán se coloca generalmente sobre la mujer y sus graves secuelas para los más pequeños de la casa que son los niños.

2.    ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA FAMILIA
2.1 CAMBIOS EN LA FAMILIA A TRAVÉS DEL TIEMPO.
2.1.1 De acuerdo con el término familia. ¿Realmente ha sido siempre de esta manera?
Desde tiempos remotos el hombre ha tenido que agruparse para satisfacer sus necesidades vitales. El trabajo colectivo servía para repartir responsabilidades, de esa manera facilitaban sus tareas. Con esto tuvieron la necesidad de socializar entre ellos, pero no solo compartían dichas preocupaciones, se dieron cuenta de la valía de compartir espacios mutuos. El poeta latino Tito Lucrecio Caro menciona en su obra De Natura Rerum, libro V:
“El hombre primitivo se refugió en el fondo de los bosques o en cavernas, con una vida familiar reducida a encuentros al azar”
Estas afirmaciones nos dan una idea de que el hombre poseía un espacio antecesor de lo que conocemos como sociedad.
2.1.2     ¿De qué manera empezaron a existir los grupos familiares?
De acuerdo con diversos autores es aquí cuando aparece una etapa de promiscuidad, en donde los miembros de los grupos se alternaban parejas sin criterio alguno. Estas formas perduraron durante mucho tiempo hasta que apareció la primera organización familiar, que fue la:
·         Comunidad primitiva: Ésta nace con la aparición del hombre en la tierra y su desarrollo conforme a diferentes formas de organización social.
·         La horda: es la forma más simple de la sociedad, son nómadas, no se distingue la paternidad, son un grupo muy reducido.
·         El clan o la gens: conformado por un grupo o comunidad de personas con una audiencia común, en la que tienen gran importancia los lazos familiares y la obediencia de un jefe. Esta estructura cambió definitivamente las vidas de los habitantes de aquella época, pues se tuvieron que regir a ciertas condiciones de un líder.
·         La fratría. (Del griego “fratrion”, ‘hermano’). Agrupación de gens donde impera la prohibición de matrimonio entre personas de una misma gens porque se suponía que todos tenían un antepasado común.
·         La tribu. Conjunto de fratrías basada en el dominio de un territorio y que comparten costumbres y lengua. Por lo general, una tribu posee un jefe, una lengua, una cultura común y una religión que predica la descendencia de todos sus miembros de un progenitor común (formando así una única gens o clan)
En el siglo XIX bajo este nombre se designaban aquellas sociedades situadas en el estadio de barbarie dentro de la evolución de la humanidad. Posteriormente, tribu fue sinónimo de ‘sociedad tribal’, es decir, sociedad sin Estado.  El criterio más importante para la delimitación de una tribu continúa siendo la identidad idiomática y cultural.
·         Nación: Etapa superior de las agrupaciones humanas. La nación es la sociedad natural constituida por hombres que habitan un mismo territorio, reconocen idéntico origen, tienen iguales costumbres, hablan el mismo idioma y profesan aspiraciones comunes. (Mancinni).
La nación es una “comunidad en las que sus componentes se reconocen por adelantado en una institucionalidad a la que reconocen como propia y, dentro de la cual, integran sus luchas sociales, sus competencias y mentalidades. Las naciones son fronteras sociales, territoriales y culturales que existen previamente en las cabezas de los con-nacionales y que tienen la fuerza de objetivarse en estructuras materiales e institucionales.


2.1.3     ¿Tiene que ver la cooperación, solidaridad y consanguinidad para que a un grupo social se le pueda llamar familia?
Pronto aparecieron nuevas formas de organización documentadas cronológicamente:
·         La familia Consanguínea: Se considera como la primera etapa de la familia, en ella los grupos conyugales se clasifican por generaciones: todos los abuelos y abuelas en los límites de la familia son maridos entre sí; lo mismo sucede con los hijos. En esta forma de familia, los ascendientes y los descendientes, los padres y los hijos son los únicos que después de lejanos y, finalmente de las personas más lejanas están excluidos de los deberes del matrimonio.
·         Familia Punalúa: Es el primer progreso en la organización de la familia, consistía en excluir a los padres y a los hijos del comercio sexual recíproco, el segundo fue en la exclusión de los hermanos. Por razones económicas y prácticas la familia tuvo que dividirse, su extensión disminuyó y renunció a la unión sexual entre hijos de la misma madre.
·         Familia Sindiásmica: Este tipo de familia aparece entre el límite del salvajismo y la barbarie. Cuando las prohibiciones del matrimonio se hicieron más drásticas y complicadas, las uniones por grupo fueron sustituidas por la familia sindiásmica. En esta forma familiar, un hombre vive con una mujer, pero le está permitida la poligamia, y la infidelidad aunque por razones económicas la poligamia se observa raramente, al mismo tiempo se exige la más estricta fidelidad a las mujeres y su adulterio se castiga cruelmente.- actualmente en algunos países de África se castiga a la mujer lapidándole (apedreándola) por adulterio-
·         Familia monogámica: nace de la familia sindiasmica, en el periodo de transición entre el estado medio y superior de la barbarie. Es uno de los síntomas del nacimiento de la civilización, se funda en el predominio del hombre, su fin es procrear hijos cuya paternidad sea indiscutida, eso era indispensable porque los hijos serían los herederos de las propiedades del padre. Este tipo de familias es más sólida que la familia sindiásmica, en los lazos conyugales, los cuales solo pueden ser rotos por el hombre. La monogamia facilita el cuidado de los hijos, puesto que ambos cónyuges comparten los mismos afectos y atenciones hacia ellos, sin las rivalidades existentes entre los hijos de uniones distintas.
La familia monógama simplifica también las relaciones de consanguinidad y constituye una unidad social más firme y coherente que ninguna otra; y en ella la mujer goza de mayor protección y tiene una posición de jerarquía y dignidad.
·         Familia poligámica: es cuando existe una pluralidad de cónyuges. Existen tres formas teóricas de la poligamia: 1) matrimonio en grupo.-es en el que varios hombres y varias mujeres se hallan en relaciones matrimoniales reciprocas. 2) poliandria.- es en la que varios esposos comparten una sola esposa. 3) poliginia.- consiste en una pluralidad de esposas que no tienen que ser necesariamente hermanas, y adquiridas, por lo general en diversas épocas a lo largo de la vida.
De estas tres formas teóricas las dos más importantes y de las cuales se ha discutido bastante son la poliandria y poliginia. Entre los pueblos bárbaros y en las primeras sociedades de la época histórica, la esclavitud de las mujeres de los vencidos en la guerra constituyó un incentivo para la poliginia.
·         Matriarcado: estaba compuesto por la madre y los hijos, formaba una unidad económica autosuficiente: la madre proporcionaba los alimentos vegetales y los hijos los de la caza o pesca, por lo que era muy grande la influencia femenina en la sociedad. Ella desempeñaba el principal papel en el terreno económico, regía la estructura social y ejercía el poder.
En la Prehistoria y en algunas regiones todavía a principios de los tiempos históricos, estuvo vigente una sociedad matriarcal pacífica (virginal) en la que lo femenino jugaba el principal papel en el mundo social: las mujeres ejercían su autoridad sobre sus descendientes matrilineales reunidos en tribus independientes: ejercía el poder político, económico y religioso.
·         Familia patriarcal: la transmisión patrilineal del parentesco determina el tipo de familia patriarcal, en la cual la autoridad suprema es el padre o el ascendiente varón de mayor edad. La familia patriarcal se halla establecida aun en muchos países de oriente, en la antigüedad la practicaban los palestinos, griegos y romanos.
En la roma republicana la familia patriarcal era unidad religiosa legal y económica. Estaba rígidamente estructurada, en la cual el paterfamiliar estaba vestido de atribuciones religiosas como sacerdote del culto de los antepasados; tenía todos los derechos legales, por ser la única persona reconocida por las leyes, era el único facultado para poseer los bienes familiares
Actualmente la organización social mejor aceptada es la monogamia, no con esto se quiere decir que los otros tipos de organización no se lleven a cabo, es conveniente recalcar que las organizaciones varían de acuerdo al tipo de ideas y cultura donde nos desarrollemos, un claro ejemplo de esto son los huicholes en México: ellos manejan las familias poliándricas
La conformación de la familia moderna es un prolongado proceso que se desarrolla en Europa con la transición de la sociedad preindustrial a la sociedad industrial y el auge de la burguesía durante los siglos XVIII y XIX.
La familia nuclear, conformada por un matrimonio y sus hijos, de constitución voluntaria y fundada en la relación afectiva de los cónyuges, es relativamente nueva en la historia. Conceptos como la igualdad entre los hijos, la infancia entendida como una etapa diferente de la vida, el sexo relacionado al amor y no sólo a la procreación, la intimidad de la vida de familia, con una madre, un padre y unos niños que se protegen y se quieren, no estaban suficientemente generalizados y comprendidos así entre los venezolanos de comienzos del siglo XIX. Diferentes autores sostienen que el paso desde la familia concebida como un espacio productivo y público hacia la familia constituida como un espacio afectivo y privado, es una conquista moderna.

3.    FORMACION DE LA FAMILIA: PARENTESCO Y FILIACION
Las relaciones de familia, o sea los vínculos, que se establecen entre los miembros de la misma, reconocen diversos orígenes. El matrimonio, el parentesco o la filiación, y la adopción son las fuentes que generan las relaciones familiares. La base de la familia es el matrimonio, que produce la mayor parte de las relaciones de esta índole. Entre los parientes se establecen, a la vez, relaciones que dan origen a derechos y obligaciones y que varían según que el parentesco sea consanguíneo, político o civil.
El derecho de familia es el conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones que se establecen entre los miembros del grupo familiar. Dichas normas no sólo rigen las relaciones entre parientes, sino que protegen la familia como tal, otorgándole las prerrogativas a que es acreedora.
3.1  EL PARENTESCO Y SUS FORMAS.
El parentesco es el conjunto de vínculos que se establecen entre personas que descienden unas de otras, como los hijos del padre los nietos del abuelo, o bien de un progenitor común, como los hermanos, los tíos y sobrinos, etc. Esto nos lleva a definir el parentesco, diciendo que es el conjunto de relaciones que se establecen entre personas que descienden unas de otras, o de u n progenitor común.
3.1.1 Formas de parentesco
El parentesco entre dos personas se puede producir de tres formas diferentes:
1)    Parentesco por consanguinidad
El parentesco por consanguinidad o consanguineidad es la relación que existe entre las personas unidas por un vínculo de sangre, es decir, que tienen al menos un ascendiente en común. La proximidad en el parentesco por consanguinidad se determina por el número de generaciones que separan a los dos parientes, y se mide en grados, correspondiendo cada grado a la separación entre una persona y sus padres o hijos.
Estos vínculos de parentesco consanguíneo se organizan en líneas de parentesco, formadas por una serie consecutiva de grados, entre las que se pueden distinguir (véase anexo Nº1):
·         Línea recta: la serie de grados existente entre personas que descienden una de la otra.
Ø  Línea recta ascendente: une a alguien con aquellos de los que desciende de manera directa: padres, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos, trastatarabuelos...
Ø  Línea recta descendente: liga al ancestro con los que descienden sucesivamente de él de manera directa: hijos, nietos, bisnietos, tataranietos, trastataranietos o choznos...
·         Línea colateral: la serie de grados existente entre personas que tienen un ascendiente común, sin descender una de la otra: hermanos, tíos, primos...
2)    Parentesco de afinidad
La afinidad es el vínculo que se establece entre un cónyuge y los parientes consanguíneos del otro, o bien, recíprocamente, entre una persona y los cónyuges de sus parientes consanguíneos. El grado y la línea de la afinidad se determinan según el grado y la línea de la consanguineidad. Es decir, una persona es pariente por afinidad de todos los parientes consanguíneos de su cónyuge en la misma línea y grado que éste lo es de ellos por consanguinidad. Recíprocamente, los cónyuges de los parientes consanguíneos de una persona son parientes por afinidad de ésta en la misma línea y grado que el pariente consanguíneo del que son cónyuges.
La relación existente entre un grupo de parientes consanguíneos y los parientes consanguíneos del cónyuge de uno de ellos, que podríamos llamar de «doble afinidad» (por ejemplo, la relación existente entre los consuegros o los concuños), no genera parentesco en el Derecho hispano. Es decir, el matrimonio no crea parentesco entre los consanguíneos de uno de los cónyuges y los del otro.
También existe el término "contrapariente" que significa: Pariente de parientes: "no es primo directo mío, es un contrapariente porque es primo de mi cuñado" así se le llama a contrapariente.

3)    Parentesco civil    
La adopción establece parentesco, llamado «parentesco civil» o por adopción, entre el adoptado y el adoptante, así como entre el adoptado y la familia del adoptante. En general, el parentesco entre un miembro adoptado de la familia se considera exactamente igual que el de un miembro de origen consanguíneo, computándose la línea de parentesco de la misma forma que en el caso de la consanguinidad.
3.1.2  Efectos de parentesco
Los efectos del parentesco sirve para ampliar la esfera de derechos entre parientes.
1)    Derechos que derivan del Parentesco
Los principales derechos que derivan del parentesco son:
·         La pensión alimenticia,
·         La patria potestad y
·         La herencia.
2)    Obligaciones que nacen del Parentesco
·         La a pensión alimenticia, en su aspecto pasivo;
·         El respeto y la consideración que los descendientes deben a sus ascendientes, y la tutela legítima.
3)    Incapacidades que derivan del parentesco.
·         La incapacidad para contraer matrimonio entre parientes cercanos;
·         La prohibición que impone la ley, en determinados casos, para servir como testigos, en juicio, a un pariente, y
·         La incapacidad para ocupar determinados cargos de la administración pública, cuando un aspirante a dichos cargos ya ocupa otros dentro de la propia administración.
4)    La Obligación Alimenticia: Entre las obligaciones derivadas del parentesco figura, de modo preeminente, la obligación alimenticia, que es recíproca, pues el que la cumple tiene, a su vez, el derecho de exigirla. En virtud de esta obligación, el deudor debe procurar al acreedor todos los medios necesarios para que éste no carezca de alimentos, habitación, medicinas, educación, etc. es decir, lo necesario para vivir decorosamente.
3.2  LA FILIACIÓN
El concepto de filiación es básico en las sociedades organizadas por parentesco, en la medida que permite a los miembros de una sociedad reconocer la pertenencia de una persona a un determinado segmento social, ya que, la finalidad de esta es permitirles a las personas conocer su verdadera procedencia biológica. Existen diferentes formas de filiación como el caso de la filiación biológica, la filiación social y la filiación jurídica.
En este sentido, es de orden esencialmente genealógico y se refiere a todos los eslabones de la cadena que une a una persona con sus ancestros, aun con los más lejanos. Pero el sentido que suele aplicarse en derecho, es el estricto; es decir, el nexo o relación que une al hijo con su padre y con su madre; o sea, el vínculo parental consanguíneo de primer grado en línea recta.
La filiación es el vínculo jurídico por el cual se une a un hijo con su padre o con su madre y que consiste en la relación de parentesco reconocida por la ley entre un ascendiente y su inmediato descendiente. El hecho natural de la filiación, de fundamentación biológica, tiene importante repercusión jurídica y en el mismo se basa la legitimidad de los hijos. La filiación es un hecho natural, pero adquiere también fuerza jurídica.
La filiación depende esencialmente de su prueba y esta prueba variara según se trate de hijos nacidos de matrimonio o fuera de él, y también según se deba probar la paternidad o la maternidad.
3.2.1 Importancia
Es de suma importancia la filiación en el campo del derecho, pues junto con el matrimonio forman los dos pilares fundamentales de esta rama del derecho. Pues si bien el primero constituye la base de la familia organizada, la filiación lo es de la estructura familiar: el parentesco, provenga o no de la unión matrimonio.
De la filiación derivan: el parentesco consanguíneo, la patria potestad. Los deberes-derechos alimentarios el nacimiento de incapacidades. La vocación hereditaria ab intestato y el apellido.
3.2.2 Principios que rigen la Filiación
a)    No existe filiación, si ésta no está legalmente probada: En efecto, nadie puede alegar a su favor los efectos derivados de la filiación que pretenda respecto a determinada o determinadas personas, si no la ha probado fehacientemente, por cualquier medio idóneo reconocido por el derecho.
b)    Los efectos de la filiación son independientes del medio de prueba aportado: Es decir que, probada que sea la filiación, aunque la Ley exija medios específicos en ciertos casos, nacerán todos los efectos que de ella derivan.
c)    Los efectos de la filiación son independientes del momento de su prueba: De tal manera que, probada la filiación, sus efectos abarcan tanto el presente como el futuro, sin que sea exigible que tal prueba deba tener lugar en determinado momento.
3.2.3 Momentos de la filiación
Son dos: El nacimiento y la concepción.
El nacimiento es un hecho cierto, fácil de determinar con toda precisión; pero en principio no tiene relevancia para establecer la filiación, ni aun la certeza de ésta, respecto del padre. En cuanto a la madre, si se comprueba la identidad del producto del parto con la persona que pretende ser tenido como hijo de ésta, habrá quedado establecida la filiación materna.
Tiene importancia, en cambio, el nacimiento, para calcular el momento de la concepción.
La concepción, no obstante ser un hecho cuyo momento es de casi imposible determinación y de muy fácil prueba, es el único hecho capaz de servir para establecer la filiación y su certeza, por lo que el legislador se ha visto obligado a tomarla como prueba fundamental para fijar el carácter de filiación. De ahí que, partiendo del hecho cierto del nacimiento, se calcule este momento de la concepción, fijándolo en uno cualquiera de los 121 días que transcurren entre los 300 y los 180 anteriores al parto.

3.2.4 Clasificación
Desechada ya que en nuestro Código Civil la distinción entre hijos nacidos dentro o fuera del matrimonio, puesto que a todos por igual atribuye los mismos derechos, no cabe hablar de hijos legítimos o naturales como contemplaba el Código anterior y siguen considerando las leyes de muchos otros países.
La filiación une a las personas que descienden unas de otras, el concepto más aceptado nos indica que la relación de filiación es la que se da entre padres e hijos, es decir, entre generantes y generados. Constituye un hecho natural, ya que tiene su base en un hecho natural como es la procreación, y un hecho jurídico, puesto que determina las consecuencias jurídicas; de aquí que pueda distinguirse entre la filiación biológica y la filiación jurídica.
• Filiación biológica: Es el vínculo natural que existe entre generante y generado. Se da siempre, en todas las personas, pues todo individuo es, necesariamente, hijo de un padre y de una madre.
• Filiación jurídica: Es el vínculo de derecho existente entre padres e hijos, derivado de la relación biológica que supone la generación. La filiación jurídica, a diferencia de la biológica, no siempre existe, ya que el derecho, para reconocer efector jurídicos al hecho natural de la procreación requiere su comprobación.
Tipos de filiación:
•   Filiación materna y paterna: Como toda filiación surten efectos una vez probadas, siendo más sencillo comprobar la maternidad que la paternidad.
• Filiación Consanguínea: En la filiación consanguínea podemos encontrar dos tipos principales de hijos, ellos son: los hijos legítimos (nacidos dentro del matrimonio) y los hijos naturales (nacidos fuera del matrimonio) Art. 77 CRBV: "Se protege el matrimonio entre un hombre y una mujer, fundado en el libre consentimiento y en la igualdad absoluta de los derechos y deberes de los cónyuges. Las uniones estables de hecho entre un hombre y una mujer que cumplan los requisitos establecidos en la ley producirán los mismos efectos que el matrimonio".
• La filiación puede generarse mediante el acto natural de la procreación, o mediante el acto jurídico de la adopción. En algunos sistemas jurídicos existen diferencias en el tratamiento legal de los hijos biológicos y los adoptados.
• En el caso de la filiación de origen biológico, también se distingue entre la filiación matrimonial, cuando los progenitores están casados entre sí, y la filiación no matrimonial (o extramatrimonial), en caso contrario. En algunos ordenamientos jurídicos existen diferencias en el tratamiento, dependiendo del tipo de filiación, donde el hijo de filiación no matrimonial (antiguamente llamado hijo ilegítimo) puede tener menos derechos que el de filiación matrimonial.
• Filiación Matrimonia: Es el vínculo jurídico simultáneo que une al hijo con su padre y con su madre cuando éstos están casados para la época de la concepción del hijo o para la fecha de su nacimiento. De este tipo de filiación surge un vínculo entre el hijo, su padre y su madre, porque los padres están, a su vez, unidos por el matrimonio o, por lo menos, lo estuvieron en el momento de la concepción o el nacimiento del hijo.
Elementos: En presencia de todos los elementos que se nombrarán a continuación, surge la filiación matrimonial.
·         Existencia del matrimonio entre los padres.
·         Paternidad.
·         Maternidad.
·         La concepción o el nacimiento del hijo dentro del matrimonio.
• Filiación Materna: Es el vínculo jurídico que une a un hijo con su madre. La maternidad siempre es cierta, porque siempre se sabe quién es la madre. El parto es un elemento de la identidad del hijo. La prueba del parto es muy sencilla, razón por la cual, la identidad de la madre casi nunca se discute Art. 197 CC: "La filiación materna resulta del nacimiento, y se prueba con el acta de la declaración de nacimiento inscrita en los libros del Registro Civil, con identificación de la madre".

CONCLUSION
En general, la familia se define como el grupo social básico, creado por los vínculos del matrimonio o parentesco que se encuentra presenta en todas las sociedades y es considerada por muchos como base y célula de la sociedad. Durante un prolongado periodo la sociedad estuvo formada por un conjunto de familias que cumplía con la mayoría de las funciones sociales, inclusive las políticas, las religiosas y las económicas. Actualmente, la familia sigue cumpliendo funciones sociales importantes aun cuando con el correr del tiempo haya delegado funciones en otras instituciones. En todas las culturas la familia se encarga de la socialización primaria de los nuevos miembros, de la satisfacción de las necesidades básicas de sus integrantes.
Aunque los orígenes sociales están ciertamente “perdidos en el misterio”, resulta seguro decir que casi en todas partes la formación de instituciones comenzó con la familia. En todas las sociedades a lo largo de la historia humana, las familias han sido el principal vehículo de identidad de grupo y el principal receptáculo de los intereses creados. Es indispensable tener en cuenta que la etapa inicial en la formación de toda persona se produce en el hogar, en el seno de la familia. Los valores se captan por primera vez en la infancia; se sigue el ejemplo de los mayores y se inician los hábitos que luego conformarán la conducta y afianzarán la personalidad.

  
REFERENCIAS
*      Código Civil Venezolano del 1982. Editorial La Piedra.
*      Código de Procedimiento Civil Venezolano 1990. Editorial La Piedra.
*      Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000). Editorial La Piedra.
*      Enciclopedia Libre Wikipedia. Filiación. [En Red]. Recuperado el 26/05/07. Disponible en: http://www.wikipedia.com

*      Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente 2005. Editorial La Piedra.

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