Economia Social y Desarrollo Endogeno Sustentable: Las empresas de produccion social, Compañías anónimas y empresas unipersonales



Las Empresas de Producción Social (EPS)
Las empresas de producción social (EPS) son entidades integrales, ellas pueden ser empresas de carácter mercantil, civil o cooperativas pero con la misión de establecer nuevas formas de producción social y eficientes con una distribución de sus excedentes o beneficios en base a principios de justicia, equidad y reciprocidad hacia toda la comunidad que participa y el uso de técnicas y tecnología; y tienen como objetivo fundamental generar bienes y servicios que satisfagan las necesidades básicas y esenciales de las comunidades y su entorno (alimentación, vestimenta, vivienda, educación y salud) a través del trabajo digno de hombres y mujeres.
Tipos de EPS
En cuanto a su tipología, puede variar de acuerdo con al menos tres aspectos diferenciados. Las E.P.S. adquieren una tipología determinada según el objeto, su tamaño y la naturaleza del capital.
- Según su objeto: EPS de Producción; EPS de Servicio y EPS de Comercialización.
- Según su tamaño: Unidades de producción comunitaria, Unidades de servicio comunitarios o Unidades de Comercialización comunitario.
- Según la naturaleza del Capital: EPS de Capital Estatal, EPS de Capital Privado, EPS de Capital Mixto y EPS de Capital Comunitario.
¿Cuáles son las empresas socialistas de producción social en el estado Barinas?
·         EPS TUBOS SIN COSTURA, C.A.
La Empresa Producción Social de Tubos Sin Costura, C.A., creada bajo el Decreto Nº 4.194, de fecha 26 de diciembre 2005, tiene como objeto la fabricación de tuberías de acero sin costura de diferentes diámetros y características, para ser suministrados a la industria petrolera nacional como productos de alto valor agregado, para contribuir a la Soberanía Petrolera. Puerto Nutrias, municipio Sosa, estado Barinas (Una Planta Terminadora de Tubos).
·         COMPLEJO AGROINDUSTRIAL "CORONEL ANTONIO NICOLÁS BRICEÑO"  
 Ubicación: Carretera vieja Barinas a San Silvestre, Km. 3, Barinas, estado Barinas 
El Complejo Agroindustrial Coronel Antonio Nicolás Briceño, ubicado en el estado Barinas, figura como otra de las Empresas de Producción Socialista (EPS) que el Gobierno Nacional está desarrollando en el marco del Plan Soberanía Alimentaria para contrarrestar el desabastecimiento, acaparamiento y especulación de los principales productos de la cesta básica como es el arroz que ahora se producirá desde esta planta.
·         EMPRESA DE PRODUCCION SOCIAL LACTEOS LINDA BARINAS, S.A
El objeto de la Sociedad es la elaboración, producción, comercialización, importación y exportación de productos lácteos; así como realizar cualquier otra actividad comercial o industrial de lícito comercio. Pedraza, Estado Barinas.
Las Compañías o Sociedades Anónimas.
Es aquella sociedad mercantil cuyos titulares lo son en virtud de una participación en el capital social a través de títulos o acciones. Las acciones pueden diferenciarse entre sí por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a éstas, como por ejemplo la percepción a un dividendo mínimo. Los accionistas no responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino únicamente hasta la cantidad máxima del capital aportado.
Requisitos para registrar empresas en Venezuela
1.    Solicitud de nombre o denominación social.
2.    Reserva de nombre o denominación social.
3.    Introducir documento constitutivo en el registro.
4.    Cálculo del monto a pagar por la inscripción y pago al fisco nacional.
5.    Pago por derechos de registro y firma del mismo.
6.    Publicación del registro mercantil.
7.    Registro único de información fiscal R.I.F.
8.    Libros de contabilidad para sellar y foliar en el registro: diario, mayor, inventario, compras y ventas.
9.    Inscripción en el INCES.
10. Inscripción en el Seguro Social (IVSS).
11. Solicitar conformidad de uso en ingeniería municipal y cuerpo de bomberos.
12. Obtener patente de industria y comercio en la Alcaldía.
¿Qué es una firma personal?
Cualquier persona natural que ejerza la actividad comercial por sí sola, que no tenga asociado alguno, se identifica según el Código de Comercio Venezolano vigente, con su firma personal.
El Código de Comercio en su Artículo 26, define la firma personal así:
Artículo 26: “Un comerciante que no tiene asociado o que no tiene sino un participante, no puede usar otra firma o razón de comercio, que su apellido con o sin el nombre. Puede agregarle todo lo que crea útil para la más precisa designación de su persona o de su negocio; pero no hacerle adición alguna que haga creer en la existencia de una sociedad.”
La firma personal es el nombre con el que el comerciante individual (persona natural) ejerce el comercio (actos objetivos del comercio) con el que asume las obligaciones que le son propias, respondiendo a dichas obligaciones con su patrimonio individual habido o por haber, es el nombre con el que se demanda y es demandado el juicio. Los comerciantes individuales deben usar sus propios nombres en las relaciones nacidas de la actividad mercantil, y ese nombre constituye un elemento valorizante de la firma personal.
El comerciante individual (persona natural), según lo previsto en el artículo 17 del Código de Comercio en concordancia con lo previsto en el artículo 19 numeral octavo ejusdem, está obligado legalmente a inscribir en la correspondiente oficina de Registro Mercantil el documento en el cual manifiesta su voluntad de constituir una “firma personal”,  para organizarse como tal comerciante profesional, pero tal inscripción no le otorga a dicha firma o razón de comercio una personalidad jurídica distinta a la de su dueño.
La figura del “comerciante individual (persona natural)”, no constituyen personas jurídicas independientes y autónomas la una de la otra, como si ocurre con las sociedades mercantiles (Compañías Anónimas, Sociedades de Responsabilidad Limitada o Compañías en Comandita) que según el artículo 201 del Código de Comercio., constituye personas jurídicas distintas de la de los socios o accionistas tanto lo contrario   a la “firma personal”.
La firma personal, es el distintivo que individualiza a la persona del comerciante. En el comerciante colectivo sea la sociedad, se suele aplicar a este distintivo la palabra “razón social” si son sociedades de personas y denominación social si son sociedades de capital en lugar de llamársele firma, que generalmente se aplica al comerciante individual.
REQUISITOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL
1.    Solicitud de la “búsqueda de nombre” (art.26 y 28 del código de comercio)
2.    Pago de “reserva del nombre” (02) U.T
3.    Documento constituido visado por el abogado,(art.19 ordinal 8 del código de comercio)
4.    Fotocopia de la cedula de identidad y R.I.F personal
5.    Estampillas
6.    Soporte del capital, si es en efectivo “referencias bancarias y sus últimos movimientos“ Si es en bienes “presentar la(s) factura(a) original(es)”
7.    Planilla de liquidación de tributos bolívar (entregan en el registro cuando consignan el documento).
PASOS PARA CONSTITUIR UNA FIRMA PERSONAL
1.- Solicitud de búsqueda de nombre o denominación social. Efectuar la solicitud de búsqueda de nombre (denominación) mediante un formato que le entregará en la taquilla 1 (visto bueno). Dicho formato deberá rellenarlo usted mismo en letra clara y de imprenta, el resultado de la búsqueda le será entregado al tercer día hábil siguiente (en tiempo normal) Para obtener la planilla que requiere constituir una FIRMA PERSONAL se debe depositar en el BANCO a nombre de REGISTRO MERCANTIL.
2.- Reserva de nombre o denominación social De encontrarse libre el nombre o denominación social solicitado, usted DEBERÁ pagar el monto correspondiente a los derechos de reserva, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se produjo la respuesta positiva, ya que de no hacerlo el nombre o denominación quedará automáticamente disponible.
3.- Sello de “Visto Bueno” Dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a efectuada la reserva de nombre, debe dirigirse a la taquilla 2 con el acta constitutiva de la firma personal para que le estampen el sello de visto bueno después de revisar que el nombre o denominación social se encuentre bien escrito es decir, que se corresponda exactamente con la denominación reservada.
4.- Compra de planillas Adquiera en la taquilla de timbres fiscales, tantas planillas de liquidación como documentos desee inscribir.
5.- Cálculo de montos a pagar por la inscripción Al presentarse en la taquilla de Cálculo con su documento y la planilla de liquidación, el funcionario del Registro efectuará el cálculo de las cantidades que usted deberá pagar por los conceptos de tasas contempladas en la Ley de Timbre Fiscal (correspondientes al fisco), estampillas o timbres fiscales y aranceles. 6.- Elaboración de planilla de derechos del fisco.

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